Nacionalidad Española: ¡Red Abogacía FUNCIONA! (Nuevo Sistema para la Presentación de los Expedientes).

Como muchos de ustedes saben, el 25 de julio de 2017, el Consejo General de la Abogacía y el Ministerio de Justicia, suscribieron el Convenio de Habilitación para la presentación electrónica de solicitudes de nacionalidad española por residencia en representación de los interesados.

Todos los profesionales del derecho y en concreto los que nos dedicamos al área de extranjería, estábamos expectantes sobre cómo iba a ser el funcionamiento de esta nueva plataforma y en especial, si se iba a cumplir o no el plazo legal de UN AÑO establecido para este procedimiento.

Tras casi un año de la puesta en marcha de esta plataforma, para nuestro agrado y más aún, para el de nuestros clientes, podemos decir que ¡SI FUNCIONA!

Pero ¿Qué es lo que hace realmente que Red Abogacía sea eficaz? Trámite Nacionalidad Española.

A nuestro criterio:

La Claridad y la Concreción

La CLARIDAD y la CONCRECIÓN en los documentos que deben aportarse en cada expediente, evitando así la presentación de documentos innecesarios para la resolución del mismo.

Esto desde luego, ayuda a que la resolución se dicte con mayor rapidez. 

Las FASES por las que pasa el expediente antes de ser enviado al Ministerio de Justicia:

  • En primer lugar, se prepara el expediente, revisando que todos los documentos cumplen con los requisitos legales.
  • En segundo lugar, se sube a la plataforma de Red Abogacía.
  • En tercer lugar, se solicita ante el colegio de Abogados una cita para el COTEJO del expediente. En este cotejo, se deben presentar TODOS los documentos ORIGINALES que constan en el expediente (incluidos PASAPORTE/PASAPORTES).
  • Una vez revisados, el Colegio de Abogados emite UN CERTIFICADO DE REVISIÓN COLEGIAL, donde consta que ha cotejado el expediente y que se cumplen a priori los requisitos legales para obtener la nacionalidad española en cuestión.

A continuación, el Colegio de Abogados, también a través de Red Abogacía, envía directamente el expediente al Ministerio de Justicia, todo este proceso, facilita al Ministerio de Justicia la revisión y resolución de los expedientes.

¿Qué documentos quiere ver el ministerio de justicia? Nacionalidad Española por Residencia

Sin olvidar la especificidad de cada caso y que debéis comentarle al letrado que lleve vuestro expediente, para que pueda orientaros sobre los documentos anexos que se tengan que presentar, la documentación que debe adjuntarse de manera general es la siguiente:

  1. Para nacionalidad por residencia (CASO GENERAL), 2 y 10 años de residencia legal en España:
  • Certificado de nacimiento debidamente legalizado o apostillado y traducido (si procede).
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen, debidamente legalizado/apostillado y traducido (si procede).
  • Certificado de empadronamiento (NO VOLANTE).
  • Tasa administrativa 102 euros.
  • APTOS exámenes (si procede).

¿Cuál el siguiente paso? Si me conceden la nacionalidad española

Una vez tu abogado te notifique la resolución de CONCESIÓN, te entregará junto a la resolución un acuse de recepción de la notificación.

Deberás solicitar cita para la pre-jura en el registro civil correspondiente a tu domicilio.

El día que te asignen, deberás llevar los siguientes documentos, siempre y cuando tu solicitud se haya presentado de forma telemática:

  • Resolución de concesión y acuse de recepción de la notificación.
  • Empadronamiento actual.
  • Certificado de antecedentes penales de tu país de origen (el que se presentó con la solicitud inicial NO deberás solicitar uno nuevo actualizado).
  • Certificado de nacimiento (el que se presentó con la solicitud).
  • NIE y pasaporte en vigor.

¡Recordad!, estos documentos son orientativos, el letrado que lleve el expediente os requerirá el resto de los documentos que deben presentarse atendiendo a las circunstancias específicas de vuestro caso.

Por último, os anexamos en este artículo, que espero os haya aclarado muchas dudas, una fotografía donde aparece la fecha de solicitud de un expediente de nacionalidad y la resolución de concesión, donde puede verse que el expediente fue resuelto en tan solo TRES MESES.

También anexamos la CERTIFICACIÓN DE REVISIÓN COLEGIAL que emite el colegio de abogados una vez el expediente esta cotejado para que os familiaricéis con este documento.

En FERREIRA ABOGADOS, estamos encantados de ayudaros en la presentación del EXPEDIENTE DE NACIONALIDAD, ya que, somos conscientes de que la obtención de la NACIONALIDAD ESPAÑOLA no es un simple trámite administrativo, sino que detrás vienen SUEÑOS y FAMILIAS ENTERAS.

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